domingo, 10 de abril de 2022

La Beca

                                                                           La beca


Característica de la beca durante la fp-dual

1. La cuantía no viene marcada en normativa lo que el empresario la dará en función
de sus posibilidades.
2. La compensación queda reflejada en el convenio de colaboración , así como el horario
 y demás condiciones de la forma de alternancia.
Cuando el aprendiz por realizar las prácticas formativas en empresas, instituciones o
entidades, perciba una contraprestación económica o gratificación (dineraria o en especie),
 quedará incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, en un Código de
Cotización solicitado a la Seguridad Social exclusivamente para Formación (TRL 986) 
Código:



. Las contingencias cubiertas por la Seguridad Social en caso de que se opte por
remuneración mediante beca del aprendiz en el marco de la FP Dual por parte de la
empresa serán las de Contingencias Comunes, Accidentes de Trabajo y Enfermedades
 Profesionales.
Si se trata de una remuneración enmarcada en prácticas curriculares, como es el caso
 de la FP Dual (forman parte del plan de estudios), la empresa se puede bonificar del 100%
de los costes de cotización a la seguridad social, según la Disposición adicional 25ª
 del RD-Ley 8/2014.
Las remuneraciones que se perciban dentro de un convenio de colaboración están
sujetas a retención según establece (art. 86.2 del RD 439/2007). En el supuesto
 de que el importe de la retribución no llegue al mínimo de ingresos sujetos a retención,
 se aplicará una retención mínima de un 2%.
En general se puede establecer la no existencia de límite de becas y tampoco de que
 los convenios de colaboración se hagan con diferentes empresas sucesivamente.
 Las excepciones y limitaciones quedan establecidas en los convenios colectivos de
 aplicación.La contratación del aprendiz fuera de los periodos lectivos es posible
 independientemente de la existencia de una remuneración por parte de la empresa
durante el periodo de formación en alternancia. Una vez obtenido el título, no se
podrá formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje por aquella titulación
que ha obtenido (ya que esta modalidad contractual se puede realizar cuando
 la persona no posee la titulación). En todo caso se podrá concertar un contrato laboral
en prácticas por esta titulación.

Ventajas de remunerar al alumnado durante la fp-dual
1. La existencia de una beca, por pequeña que sea, mejora la implicación del empresario
en la formación del alumnado.
2. Ayuda a no desvirtuar el modelo de fp-dual ya que no se trata de una fct ampliada.
3. Mejora la integración , implicación y entusiasmo durante la formación.
4.- El alumnado obtiene un ALTA en la seguridad social con la consiguiente cotización.
Dicha alta está BONIFICADA por el empresario.
5. Mejora la implicación y actitud dentro de la empresa y el AHORRO DE COSTE de
selección y reclutamiento en caso de necesitar una ampliación de la plantilla.

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