miércoles, 1 de mayo de 2024
jueves, 6 de julio de 2023
CERTIFICADO para el SEPE del alumnado dual
La Formación Profesional Dual implica:
- Que el alumnado esté dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social según se establece en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen
General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
- Que las prácticas en entidades públicas o privadas está incluida en el plan de estudios correspondiente y que se realizan en el marco de colaboración entre aquellas entidades y el centro docente.
- Que la realización de las prácticas no requiere dedicación exclusiva por parte del alumnado, por lo que este puede continuar acreditando que está disponible para buscar activamente empleo, así como para aceptar una colocación adecuada.
- Que la contraprestación económica (beca) que percibe el alumnado se limita a compensarle por los gastos derivados de la participación en dichas prácticas: material de trabajo, locomoción, alojamiento y/o manutención.
viernes, 12 de mayo de 2023
Modificación cambio en la temporalidad.
Justificación cambio de temporalidad
-Al concentrar los módulos teóricos lunes, martes y miércoles se ha observado un aumento considerable del absentismo en el ciclo de Instalación y Amueblamiento.
-Mejora en la formación inicial del alumnado Procesos de selección más precisos.
-Mejora en la continuidad de las actividades formativas.
-Evita la complejidad actual para confeccionar horarios.
-Mejora en los procesos de evaluación del alumnado Dual y No Dual.
-Reduce la desmotivación del alumnado no Dual.
-Beneficia la realización de las actividades de recuperación y refuerzo del alumnado no Dual que permanece en el centro educativo al inicio de cada período en empresas.
-Reducción de la duración de las becas y períodos de alta para las empresas con la reducción de costes y simplificación organizativa para las mismas.
-Aumenta las posibilidades de conciliación familiar y laboral del alumnado, especialmente del grado superior, que haga más atractiva la realización de la modalidad Dual.
domingo, 30 de octubre de 2022
sábado, 10 de septiembre de 2022
domingo, 28 de agosto de 2022
INFORMACIÓN DUAL
La participación de las empresas en la formación del
alumnado de Formación Profesional, supone un paso más en la tradicional colaboración entre Empresas y
Administración Pública que supone el módulo de Formación en Centros de Trabajo
(FCT).
En esta modalidad de formación, las empresas hacen partícipes a los alumnos y alumnas de sus actividades cotidianas enseñándole la visión práctica de la formación a través del tutor/a laboral, quien cuenta con el apoyo, asesoramiento y coordinación permanente del tutor docente.
VENTAJAS
·
La Formación Profesional Dual tiene muchas ventajas
porque puedo obtener el título formándome en un entorno real de trabajo y en
contacto directo con la realidad de las empresas del sector en el que después podré
trabajar.
·
Gracias a la experiencia conseguida, a la formación y
al contacto directo y continuado con las empresas, acceder a un empleo estable
o conseguir otro diferente resultará más fácil; además se consigue una
formación no solamente en los aspectos relacionados con las materias que se
aprenden en el Ciclo Formativo, sino que voy a mejorar mis capacidades de
comunicación, trabajo en equipo o el sentido de la responsabilidad en contacto
con los compañeros de trabajo.
QUE DIFERENCIA A LA FP DUAL
·
La Formación Profesional Dual es diferente en cada
Centro Educativo. Sin embargo, independientemente del Centro Educativo y de las
empresas en las que me puedo formar, el título que se obtiene, las módulos
(materias) a estudiar y lo que aprenderé, sí son iguales que cualquier otra
modalidad de Formación Profesional. No cambia lo que aprenderé, sino cómo lo
aprenderé.
·
Además del profesorado de cada MÓDULO, contaré con las
figuras de tutores/ras, tanto en el Centro Educativo como en la empresa. Entre
ellos se coordinarán para que mi formación sea lo más completa posible, se
encargarán del seguimiento, de la evaluación y de que consiga adquirir la
formación y habilidades necesarias para incorporarme al mundo laboral.
Proyectos de Dual del Ciclo
Proyecto I (Orden 20 marzo 2018): Promoción 2018/20 (Finalizado)
Proyecto II (Orden 5 abril 2019): Promoción 2019/21 ( Finalizado)
Proyecto III (Orden 16 abril 2020): Promoción 2020/22 ( Finalizado)
Proyecto IV (Orden 18 enero 2021): Promoción 2021/23 - ( En proceso -2 º curso)
Proyecto V (Orden 21 diciembre 2021): Promoción 2022/24 - ( En Proceso de Selección)
Proyecto VI (Pendiente Orden): Promoción 2023/25 - ( En proceso de renovación))
Ciclo Formativo Grado Medio de Soldadura y Calderería
El ciclo formativo de grado medio de soldadura y calderería pertenece a la familia profesional de fabricación mecánica, tiene una duración de 2.000 horas repartidas en 2 años académicos más las prácticas en empresa.
domingo, 3 de julio de 2022
Proyectos del Ciclo
PROYECTOS FP DUAL - CICLO GRADO MEDIO SOLDADURA Y CALDERERÍA
Proyecto I (Orden 20 marzo 2018): Promoción 2018/20 (Finalizado)
Proyecto II (Orden 5 abril 2019): Promoción 2019/21 ( Finalizado)
Proyecto III (Orden 16 abril 2020): Promoción 2020/22 ( Finalizado)
Proyecto IV (Orden 18 enero 2021): Promoción 2021/23 - ( En proceso -2 º curso)
Proyecto V (Orden 21 diciembre 2021): Promoción 2022/24 - ( Inicio próximo curso)
La Beca
FP DUAL - BECAR AL ALUMNADO
1.
COMPROMISO
DE COLABORACIÓN
Se firma una sola vez y sirve para que los centros podamos registrar en nuestro proyecto a la empresa como colaboradora.
2.
CONVENIO
EMPRESA-CENTRO EDUCATIVO
Se firma de forma digital cada curso, unos días antes de incorporarse el alumnado a la empresa,
3.
TRÁMITES
(antes de la incorporación del alumnado)
●
Solicitar
un código de cotización valor TRL (Tipo de Relación Laboral) 986. (Solo la
primera vez)
● Alta del alumno a través del Sistema RD (Cada vez que vaya a incorporarse a la empresa).
4.
OBLIGACIONES
(durante el tiempo que dura la estancia formativa en la empresa)
●
Realización
de nómina.
○
Reflejará
el importe de la beca que se le da al alumnado. No existe importe mínimo y es
un gasto deducible para la empresa.
○
Reflejará
las cotizaciones correspondientes, que es BONIFICABLE 100%.
○
Reflejará
las retenciones correspondientes.
●
Baja
del alumno/a a través del Sistema Red
○
Durante
la estancia formativa, el alumnado no mantiene relación laboral con la empresa,
ni devenga antigüedad, por tanto, al darle de baja, no genera indemnización ni
derecho a prestación por desempleo para el mismo.
La beca
La
Orden intenta mejorar el impulso de la fp dual; la beca es una de ellas ,
novedad central de la Orden de 18 enero 2021, establece el 100% becado
proyectos nuevos y el 20% de los proyectos renovados.
Pasa
de ser opción recomendable a ser obligatorio,
los proyectos de renovación irán al 100%.
1. NO hay un mínimo de cantidad;
incluso podría ser 1 euros pero no sería normal.
2. NO obligatoria para entidades
públicas.
Se
incluyen una de las demandas de una de los agentes sociales, el modelo de fp
dual se alinea con los directrices de la Unión Europea que establece criterios
de calidad y uno de ellos es la compensación.
El
alumnado de alta en la s.s., en calidad de prácticas curriculares externas,
la beca no genera al paro, pero si da derecho a invalidez, incapacidad
temporal, etc...
■
TRL986/ RLCE 9928 / Situación 01 / Grupo de cotización
correspondiente.
■
Por medio del sistema RED la empresa o la gestoría
.............Cotización a la Seguridad Social: Código de formación TRL 986
(Tipo de Relación Laboral 986)
■
Un segundo código que es RLCE 9928 (Régimen Especial), tipo de
relación laboral especial .. prácticas curriculares externas.
■
La cotización de la empresa (*)abajo tabla, la cantidad sobre 56
Euros) está bonificado al 100% ,cuando la empresa pague la seguridad social de
los empleados se le descontará. Descontado de lo que tenga que abonar la
empresa.
Bonificación
en la cotización
A
tener en cuenta, asimismo, que el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la
eficiencia, en su Disposición adicional Vigesimoquinta, establece que «las
prácticas curriculares externas realizadas por los estudiantes universitarios y
de Formación Profesional, que tienen el carácter exclusivamente de asimilados a
trabajadores por cuenta ajena a efectos de su integración en el Régimen General
de la Seguridad Social de conformidad con lo previsto en la disposición
adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, desarrollada por el Real
Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las
personas que participen en programas de formación, tienen una bonificación del
100% en la cotización a la Seguridad Social».
■
El alumnado no mantiene ningún tipo de relación laboral con la
empresa. Existe la inquietud de que baje
la oferta de fp dual, es momento de cambio, con dificultad pero es una
oportunidad para el alumnado. Si es beneficiario de alguna AYUDA debe preguntar
a la administrativo si existe algún tipo de incompatibilidad
NO
hay incompatibilidad con la beca 6000
La
formalización del pago se realizará por medio de una nómina. pago de la beca se
formaliza mediante nómina para poder aplicar las retenciones de Seguridad
Social (vistas en el apartado anterior), así como la correspondiente retención
de IRPF.
No
existencia de relación laboral
El
alumnado de FP Dual no mantiene ningún tipo de relación laboral con la empresa,
aunque esta le pague una remuneración (beca). En consecuencia, no devenga
antigüedad en la misma ni tampoco indemnización por su cese como participante
en el programa de formación.
Incompatibilidad
con ayudas y prestaciones
En
caso de ser beneficiario de alguna ayuda o prestación, el alumnado deberá
consultar en la Administración correspondiente su compatibilidad con la
percepción de la beca por parte de la empresa o entidad. Especial atención a:
PREGUNTAR A LOS ORGANISMOS COMPETENTES DICHAS INCOMPATIBILIDADES lo realiza el
alumnado.
–
Prestaciones por desempleo. Prestaciones por orfandad. Subsidio de ayuda
familiar. Beca 6000. Beca Adriano.
Que se pide a la empresa
1. Dar de alta al alumnado
2. Una cuantía mínima que no
existe la cantidad
3. Gestionar la nómina
mensualmente.
domingo, 10 de abril de 2022
La Beca
1. La cuantía no viene marcada en normativa lo que el empresario la dará en función
de sus posibilidades.
2. La compensación queda reflejada en el convenio de colaboración , así como el horario
y demás condiciones de la forma de alternancia.
Cuando el aprendiz por realizar las prácticas formativas en empresas, instituciones o
entidades, perciba una contraprestación económica o gratificación (dineraria o en especie),
quedará incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, en un Código de
Cotización solicitado a la Seguridad Social exclusivamente para Formación (TRL 986)
Código:
. Las contingencias cubiertas por la Seguridad Social en caso de que se opte por
remuneración mediante beca del aprendiz en el marco de la FP Dual por parte de la
empresa serán las de Contingencias Comunes, Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales.
Si se trata de una remuneración enmarcada en prácticas curriculares, como es el caso
de la FP Dual (forman parte del plan de estudios), la empresa se puede bonificar del 100%
de los costes de cotización a la seguridad social, según la Disposición adicional 25ª
del RD-Ley 8/2014.
Las remuneraciones que se perciban dentro de un convenio de colaboración están
sujetas a retención según establece (art. 86.2 del RD 439/2007). En el supuesto
de que el importe de la retribución no llegue al mínimo de ingresos sujetos a retención,
se aplicará una retención mínima de un 2%.
En general se puede establecer la no existencia de límite de becas y tampoco de que
los convenios de colaboración se hagan con diferentes empresas sucesivamente.
Las excepciones y limitaciones quedan establecidas en los convenios colectivos de
aplicación.La contratación del aprendiz fuera de los periodos lectivos es posible
independientemente de la existencia de una remuneración por parte de la empresa
durante el periodo de formación en alternancia. Una vez obtenido el título, no se
podrá formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje por aquella titulación
que ha obtenido (ya que esta modalidad contractual se puede realizar cuando
la persona no posee la titulación). En todo caso se podrá concertar un contrato laboral
en prácticas por esta titulación.
Ventajas de remunerar al alumnado durante la fp-dual
1. La existencia de una beca, por pequeña que sea, mejora la implicación del empresario
2. Ayuda a no desvirtuar el modelo de fp-dual ya que no se trata de una fct ampliada.
3. Mejora la integración , implicación y entusiasmo durante la formación.
4.- El alumnado obtiene un ALTA en la seguridad social con la consiguiente cotización.





