SELECCIÓN ALUMNADO
El alumnado debe firmar un compromiso al
acceder a un ciclo formativo con un proyecto de FP dual. En dicho documento se
deja constancia de haber recibido la información y aceptar las finalidades,
características y condiciones de participación del proyecto de formación
profesional dual, y los criterios de selección definidos por el centro.
OBSERVACIÓN: Todos
los alumnos de primer curso son seleccionables, en principio. Se comprueba
que todos han firmado dicho documento o les falta dicha firma.
Los criterios de selección del alumnado para
los puestos de formación profesional dual los determina el centro, se incluyen
en su proyecto, deben ser públicos y comprobar que todo el alumnado los conoce.
Obviamente, los criterios deben ser objetivos y no discriminatorios, intentando
atender a cuestiones académicas, de motivación, y actitud del alumnado hacia
esta modalidad formativa.
OBSERVACIÓN: La
selección del alumnado se realizará mediante una hoja de cálculo y los alumnos de primer curso del IES ya
conocen los ítems. (ítems que pueden ser nuevamente valorados).
SOBRE EL CONVENIO DE COLABORACIÓN
Para el alumnado de primer
curso, el centro debe preparar los convenios de colaboración con las empresas
durante el principio del año 2019. Para este año académico, se va a poner en
marcha un nuevo convenio tipo para dicho alumnado de primer curso.
Por tanto, rogamos a los centros que sólo usen el convenio disponible en
Séneca para el alumnado de segundo curso. En los próximos meses
informaremos cómo elaborar los convenios para el alumnado de primero (que se
incorpora a las empresas a partir de enero de 2019).
OBSERVACIÓN: Además dichos convenios de
colaboración deben realizar 10 días antes del inicio de la Alternancia. Debería
de realizarse en la semana del 17 al 21 de Diciembre. Ya que no daría tiempo a
realizarse en Enero 19, por las fiestas.
RENUNCIA E INCORPORACIÓN DE OTRO ALUMNO
Si un alumno/a desea salir del proyecto de FP dual, puede ser sustituido por otro no dual que así lo solicite, siempre que pueda cumplir las horas mínimas establecidas (530 horas del Grado Medio y Superior, y 300 de Formación Profesional Básica), no superando las 40 horas a la semana, dentro del horario permitido y en el periodo lectivo (incluso aprovechando el mes de junio) y firmando su correspondiente nuevo convenio con las empresas.
La sustitución de un alumno/a por otro/a en
un proyecto no será posible si el número de horas duales ya realizadas por sus
compañeros es elevado, o no fuera posible ajustarlas en el periodo adecuado
para ello y por tanto no se pudiera llegar a las 530 horas (Grado Medio o
Superior) o 300 horas (Formación Profesional básica).
El alumnado puede renunciar a la FP dual y la
Dirección del centro puede interrumpir su inclusión al proyecto, según los
apartados que se encuentran detallados en la normativa.
OBSERVACIÓN: Al
inicio es importante tener como mínimo 5 alumnos en alternancia.
Nuestra idea sería tener entre 6 y 8 alumnos en alternancia.
REPETIR EN LA FP DUAL
Son numerosos los casos en los que el
alumnado que participa en un proyecto de FP dual no consigue superar algún
módulo profesional (dual o no). Esta situación se ha analizado desde la
Dirección General respondiendo a la realidad de los casos que iban sucediendo,
y a los efectos de nuestras propias sugerencias. Por tanto, creo conveniente
aclarar y recordar lo siguiente:
1. El alumnado de FP dual está matriculado en
un centro que imparte Formación Profesional en la modalidad presencial, con un
proyecto de colaboración con empresas. Esto es, la evaluación del alumnado de
FP dual se rige por la Orden 29 de septiembre de 2010, igual que el resto del
alumnado de FP presencial. Por tanto, no ha lugar a ninguna Instrucción ni
regulación normativa que complemente dicha Orden.
2. En los primeros años de los proyectos de
dual (hasta el curso pasado), entendimos que cuando un alumno no superaba algún
modulo profesional, era conveniente que saliera del proyecto de dual, ya eran
proyectos con corto recorrido, no había mucha experiencia, y la gestión del
seguimiento del alumnado ya era de por sí compleja, como para añadirle otra
complicación más. Esta manera de proceder era una orientación sobre cómo
gestionar el proyecto de FP dual.
3. Al pasar los años, el rodaje de la FP dual
nos muestra que debíamos replantear estas orientaciones, ya que nuestras
indicaciones estaban conllevando a la exclusión de mucho alumnado de realizar
la dual (que por diversas causas no superaba algún módulo profesional). Por
tanto, a finales de curso pasado, en esta propia plataforma, comentamos que al
igual que los proyectos de dual evolucionan y ganan experiencia, debíamos
nosotros ser más flexibles a la hora de evitar excluir alumnado en participar
en dichos proyectos.
De esta forma, si un/a alumno/a no supera
algún módulo profesional, planteamos los siguientes escenarios posibles:
Escenario A.
El alumno/a puede seguir en el proyecto de FP dual. Esta opción será aplicable
siempre que el departamento de la familia profesional realice un plan de
trabajo específico para el alumno/a en cuestión, detallando los módulos
profesionales y resultados de aprendizaje adquiridos durante el curso, y la
programación de aquellos MPs y RAs pendientes de superar para alcanzar el total
del ciclo formativo (entre primero y segundo). Por otro lado, para que se pueda
certificar su participación en dual, el alumnado deberá completar el mínimo de
horas establecido en la empresa según normativa, que es de 530 h (para CF GM y
GS) o 300 h (para FPB). Esta es una solución de carácter singular para evitar
que aquel alumnado que no supere algún módulo profesional no quede excluido
automáticamente de la dual, o para aquellos centros que no tengan la
posibilidad de pasar a este alumnado a la modalidad presencial (ya que cuentan
con un proyecto en el que el 100% del alumnado es dual).
Por tanto, esta opción será viable siempre
que se garantice:
- el correcto seguimiento del alumnado por
parte del profesorado.
- que el alumnado pueda alcanzar el 100% de
los resultados de aprendizaje del ciclo.
- cumplir con la normativa vigente de
evaluación.
- cumplir con el mínimo y máximo de horas en
la empresa establecida en la Orden de FP dual.
Obviamente, todos estos apartados deben ser
analizados por el equipo docente en cuestión.
Escenario B.
El alumno/a abandona el proyecto de dual, ya que no es posible lo anterior.
4. Cada año, en la Orden de convocatoria de
proyectos de FP dual, se incluye un apartado en el que se detallan los motivos
por los que un alumno/a puede interrumpir su formación en la empresa. Uno de
ellos es "Bajo rendimiento académico en los estudios cursados en el centro
docente", por lo que, llegado el caso, si no es posible que el alumno
continúe en el proyecto, se puede aplicar este apartado y "La dirección
del centro docente, de oficio o a instancia de la empresa, puede interrumpir la
actividad formativa correspondiente a la formación profesional dual de un determinado
alumno o alumna" (copiado literalmente de la Orden de proyectos de FP
dual).
5. Aquellos casos particulares de proyectos
que sean 100% en dual u otras circunstancias especiales habrá que estudiarlas
en concreto.
En resumen, para el alumnado de FP dual
debemos seguir la Orden de evaluación de FP (aplicable para la modalidad
presencial) y como todo este asunto se relaciona con la gestión del propio
proyecto, no cabe ninguna otra Instrucción ni norma, ya que contamos con la
citada Orden de evaluación y la Orden de proyectos de FP Dual. Igualmente,
insistimos nuevamente que esta situación se regulará cuando se publique una
normativa que homogeneice la FP dual a nivel estatal, amplíe el actual Decreto
1529/2012, y aclare este tipo de asuntos de ordenación.
OBSERVACIÓN: No
contemplamos que el alumno pueda repetir, por el hecho de estar seleccionado y
por las características de la Dual. ¿Quien sabe?
ALUMNADO REPETIDOR FP DUAL EN SÉNECA
A efectos de Séneca, el alumnado que repite
siempre forma parte del proyecto en el que empezó, excepto aquellos casos en
los que el alumnado repita todos los módulos profesionales, en los que se
incorporará al proyecto nuevo.
CONVALIDACIONES-EXENCIONES
En la Orden de 20 de marzo de 2018 (dispongo
décimo octavo, apartado 6) se establece que: “Quedan excluidos los candidatos y
candidatas que, por razón de convalidaciones o exenciones no vayan a cursar los
módulos profesionales incluidos en el proyecto de formación profesional dual,
y, en consecuencia, desarrollar los resultados de aprendizaje relacionados con
las actividades a realizar en la empresa.”
OBSERVACIÓN: Se puede dar el caso de que un alumno/a tenga convalidado el módulo de FOL, si dicho módulo no estuviera en alternancia, si puede ser seleccionable dicho alumno/a.
AYUDA POR DESPLAZAMIENTO ALUMNADO
El alumnado que realiza
prácticas formativas dentro de un proyecto de FP dual puede solicitar ayudas
por sus desplazamientos, una vez finalizado el curso escolar. Cada año se
publicará una normativa que convoca las ayudas y determinará el importe librado
para tal efecto. Las ayudas la solicita el alumnado, y las resuelve la
Delegación Territorial, primero con una Resolución provisional y tras un
periodo de alegaciones con una Resolución definitiva. El centro es un órgano
gestor, que comprueba los datos del alumnado, graba aquellos que sean
necesarios (distancias a empresas, jornadas realizadas, etc.) y certifica
dichos datos.
GESTIÓN ECONÓMICA: DESPLAZAMIENTO DEL PROFESOR
El profesorado que realiza seguimiento de las
prácticas formativas del alumnado de FP dual puede solicitar una compensación
por sus desplazamientos según la normativa vigente. Para ello, el procedimiento
oficial es el siguiente:
- solicitar una orden de viaje antes de los
desplazamientos.
- contar con un registro de asistencia a las
empresas (firmado y sellado por la empresa).
- comunicar sus desplazamientos a la persona
encargada de la gestión económica del centro, que deberá generar una
liquidación de servicios (según modelo de Séneca) con cada asiento contable (a
efectos prácticos, se recomienda que cada desplazamiento no sea un asiento
contable, sino que se condensen varios desplazamientos en el mismo asiento).
Los desplazamientos deben ser asociados a la
justificación específica “Formación Profesional Dual”, y a la subcuenta
“Dietas y Desplazamientos personal del centro”. Los asientos que se encuentren
grabados en Séneca (por el/la Secretario/a del centro) serán ingresados al
centro a lo largo del año (se irá informando a los centros).
Sólo se tendrán en cuenta los asientos que
cumplan las siguientes condiciones:
- estar grabados en Séneca antes de las
fechas que se marquen.
- corresponder al concepto de gastos de
desplazamientos del profesorado por seguimiento de alumnado que realiza
prácticas formativas de FP dual.
- estar grabados según el tipo de asiento
"pago de dietas y desplazamientos".
- sólo se ingresarán los gastos por
desplazamientos, y no se atenderán pagos por otros gastos (material de oficina,
inventariable, etc.)
- en caso de centros que sólo tengan
alumnado de primer curso (y todavía no han comenzado sus prácticas
en las empresas), se podrán cargar a esta justificación los gastos de
desplazamientos del profesorado a las empresas para visitarlas, firmar
compromisos y/o convenios de colaboración.
IMPORTANTE: Los centros
deben pagar los desplazamientos al profesorado antes del 31 de
diciembre. Ruego que insitáis en este asunto a los Secretarios/as, para
que se realicen los pagos a la mayor brevedad posible. El centro recibirá
dichos fondos antes de final de año, y debido a su carácter finalista, nos
vemos obligados a ser muy rigurosos en su gestión.
El pago de desplazamientos por seguimiento de
alumnado de FP dual afecta exclusivamente a profesorado de centros de
titularidad pública (I.E.S. y C.P.I.F.P.).
EL TRABAJO Y LA FP DUAL
Son númerosos los casos de empresas que
quieren contratar al alumnado de FP dual durante el periodo en el que se está
realizando el proyecto. Ante estas cuestiones, detallamos las siguientes
aclaraciones:
1. Con respecto a la FCT
- La Orden de FCT (Orden de 28 de septiembre
de 2011), en el artículo 9, punto 2, detalla:
"2.
El alumnado que compatibilice trabajo y estudio, podrá realizar el módulo
profesional de formación en centros de trabajo en la empresa o institución con
la que tenga relación laboral, siempre que las actividades
formativas y el horario del módulo profesional de formación en centros de
trabajo no coincidan con las correspondientes a su actividad laboral habitual
en la empresa o
institución y disponga de la autorización previa de la Delegación provincial
con competencias en materia de educación."
Como se detalla en la parte negrita y
subrayada, queda reflejado claramente que el alumno que esté trabajando puede
realizar la FCT en su misma empresa, siempre y cuando lo haga en un
departamento con tareas completamente distintas a las que desarrolla en su
puesto de trabajo habitual (por ejemplo, empresas grandes con departamentos muy
diferentes).
2. Con respecto a la FP dual
-- Alumnado de primero:
La Orden 20 de marzo de 2018, que regula los
proyectos de 2018/2019 (alumnado que cursa primero en 2018/2019), en el
artículo décimo quinto, punto 3 se detalla claramente que:
“A excepción de los proyectos basados en
contratos para la formación y el aprendizaje, la empresa no podrá cubrir ningún puesto de trabajo, ni aún con
carácter interino, con el alumnado que realice actividades formativas en la
empresa, ni podrá formalizar contrato de trabajo con los alumnos y alumnas
durante los periodos lectivos, mientras estos no hayan finalizado el periodo de
formación en la misma.” De esta forma, es incompatible que el alumnado de
FP dual trabaje durante los meses lectivos en la empresa en dónde realice las
prácticas formativas del proyecto.
-- Alumnado de segundo:
La Orden de 14 de febrero de 2017, que regula
los proyectos de 2017/2018 (alumnado que cursa segundo en 2018/2019), en el
artículo octavo, punto 3 se detalla claramente que:
"A
excepción de los proyectos basados en contratos para la formación y el
aprendizaje, la
empresa no podrá cubrir ningún puesto de trabajo, ni aún con carácter interino,
con el alumnado que realice actividades formativas en la empresa en el horario
establecido en el convenio de colaboración, salvo que se establezca al
efecto una relación laboral. En este caso se considerará que el
alumno o alumna abandona el programa formativo en el centro de trabajo,
debiéndose comunicar este hecho por la entidad colaboradora al centro
educativo, quien lo comunicará a su vez a la Dirección General con competencias
en formación profesional."
Como conclusión, pensamos que lo más
consecuente es destacar que la FP Dual tiene como objetivo principal mejorar la
formación y la futura empleabilidad del alumnado, por lo que se debe fomentar
que el alumnado termine el ciclo formativo, y no se incorpore de manera
inmediata a la empresa en la que se realiza la formación (excepto en periodos
no lectivos). Por tanto, y dado que en la Orden se detalla claramente (el
alumnado abandona el programa formativo en el centro de trabajo si hay
vinculación laboral), recomendamos que, de manera general, no se compatibilice
trabajar en la misma empresa en la que se realiza la formación profesional
dual.
Espero haber podido aclarar algo en la
cuestión, ya que la vinculación laboral del alumnado de dual a las empresas es
una cuestión controvertida, y puede tener distintos intereses, dependiendo de
la perspectiva desde la que cada parte implicada se aproxime.
PARENTESCOS
El alumno/a cuya familia tenga una empresa
familiar no puede realizar la formación en alternancia en la empresa.
SITUACIONES EXCEPCIONALES: ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
Algunos proyectos de FP Dual tienen
contemplado que requieren cuestiones excepcionales para ponerse en marcha.
Estas incidencias incluyen:
- desplazamientos del alumnado a otra
provincia.
- estancias en empresas en horario no lectivo
(fuera de la franja de 7 a 22 h.).
- en días o periodos no lectivos (festivos,
fines de semana).
El centro debe remitir una solicitud de autorización a la Delegación Territorial de su provincia, con 40 días de antelación a la incorporación del alumno a la empresa.
LA INSPECCION EDUCATIVA: DOCUMENTACIÓN
La Inspección Educativa puede organizar
intervenciones sobre los proyectos de FP dual. Igualmente, la Inspección de
trabajo puede actuar sobre las empresas de la FP dual durante el curso. Por
tanto, para garantizar que toda la documentación está en regla e intentar
evitar alguna experiencia negativa, recomendamos lo siguiente:
- El centro educativo debe haber formalizado los convenios,
firmados por la empresa y la Dirección del centro y enviados a la
administración correspondiente al menos 10 días antes de la incorporación a la
empresa. El alumnado no debe acudir a una empresa sin tener un convenio
firmado, en ninguna circunstancia.
- El alumnado debe llevar
algún tipo de registro de actividades realizadas junto con su plan formativo,
actualizado con los días de asistencia y las actividades realizadas.
- La empresa debe contar con una copia del programa formativo (que se adjunta siempre al convenio). Debería tener a mano dicho plan formativo, para así dejar patente que la empresa tiene muy claro cuales son las actividades que debe desempeñar el alumnado.
- El profesorado debe tener un registro de seguimiento del alumnado, con el grado de desempeño de las actividades y las fechas de visita y reunión con los responsables laborales.
No deben ser documentos extensos, al contrario, con documentos simples se puede comprobar todo en muy poco tiempo. En algunos casos, pese a que los centros están haciendo un enorme trabajo, éste no está registrado formalmente, pudiendo dar lugar a problemas de tipo burocrático.
- La empresa debe contar con una copia del programa formativo (que se adjunta siempre al convenio). Debería tener a mano dicho plan formativo, para así dejar patente que la empresa tiene muy claro cuales son las actividades que debe desempeñar el alumnado.
- El profesorado debe tener un registro de seguimiento del alumnado, con el grado de desempeño de las actividades y las fechas de visita y reunión con los responsables laborales.
No deben ser documentos extensos, al contrario, con documentos simples se puede comprobar todo en muy poco tiempo. En algunos casos, pese a que los centros están haciendo un enorme trabajo, éste no está registrado formalmente, pudiendo dar lugar a problemas de tipo burocrático.
La visita de la Inspección de trabajo debe ser vista como un elemento de seguir
caminando hacia un modelo contrastado de calidad. Sugiero que desde la
administración educativa y los centros docentes debemos proyectar hacia la
empresa una sensación de tranquilidad en caso de tener una visita de la
Inspección. En todos los casos, estamos convencidos que nuestro alumnado está
realizando prácticas formativas en un entorno real, con toda la documentación y
protocolos necesarios.
En caso de que una empresa reciba una visita de la Inspección, sugiero que
tanto el centro (coordinador/a del proyecto) como la Delegación Territorial
puedan ponerse a disposición de la empresa para entrevistarse con el Inspector,
presentarle el modelo de la FP Dual y aclarar cualquier tipo de duda, dándo
respaldo de la Administración educativa a las empresas, para que éstas, que son
uno de los pilares fundamentales del desarrollo de la dual, no se sientan solas
en ningún momento.
LA FCT EN LA DUAL
La
FCT de alumnado de FP dual se debe gestionar como un convenio de dual, y
no como acuerdo de colaboración. Para ello, las empresas de
FCT deben estar incluidas en el proyecto, y ser, preferiblemente, aquellas en
las que el alumnado haya desarrollado practicas formativas de los módulos del
proyecto de FP dual. Por tanto, los acuerdos de colaboración de FCT quedan
exclusivamente para alumnado que no realiza FP dual, excepto que la empresa
muestre su deseo expreso de no entrar en un proyecto de FP dual.
Instrucciones para realizar el convenio de
FCT para alumnado dual:
Situación 1: si la empresa en la que se
realiza la FCT ya formaba parte del proyecto de FP dual
1. Acceder a “Alumnado>FCT, FP Dual y
movilidad>FP Dual>Convenios de colaboración”, pinchar en “nuevo”,
seleccionar la empresa y en el campo “Convenio de colaboración” detallar
“Convenio para FCT alumnado FP dual”. En algunos casos quizás no permita
generar un nuevo convenio, y será necesario crear una nueva sede de la empresa
que se llame “FCT”, pinchando en la empresa “Centros de trabajo de la empresa”.
Finalmente, grabar el periodo de FCT y generar convenio, añadiendo el alumnado
correspondiente.
Situación 2: si la empresa en la que se
realiza la FCT no formaba parte del proyecto de FP dual
1. Escribir un correo a la Delegación
Territorial, con asunto “Inclusión empresa FCT en dual”, solicitando la
inclusión de nuevas empresas, detallando que son para realizar la FCT,
cumplimentando la ficha de modificación de proyectos disponible en la
plataforma.
2. Una vez recibida confirmación desde la
Delegación Territorial del desbloqueo del proyecto, el centro debe acceder a
“Alumnado>FCT, FP Dual y movilidad>FP Dual>Relación de proyectos”, y
añadir la nueva empresa, vinculándola a la actividad “Desarrollo de prácticas
de FCT” (creada por Servicios Centrales).
3. Seguidamente, acceder a “Alumnado>FCT,
FP Dual y movilidad>FP Dual>Convenios de colaboración”, pinchar en
“nuevo”, seleccionar la nueva empresa y en el campo “Convenio de colaboración”
detallar “Convenio para FCT alumnado FP dual”. Grabar el periodo de FCT y
generar convenio, añadiendo el alumnado correspondiente.
No obstante, rogamos una reflexión sobre el
alumnado de FP dual que realiza la FCT en una empresa que no participa en el
proyecto de dual. Si el alumnado de FP dual ha venido desarrollando
una formación en una serie de empresas a lo largo de dos cursos,
parece sensato que realice la FCT en una de dichas empresas, para culminar
su formación y su posible inserción laboral. Entendemos que la
realización de la FCT por parte del alumnado de dual en empresas que no formen
parte del proyecto debería ser una cuestión absolutamente excepcional y muy
justificada. De esta forma, rogamos que antes de que acerque el comienzo de la
fase de FCT se reconsidere la idoneidad de esta situación y la posibilidad de
reasignar algunas de las empresas de FCT para el alumnado de FP dual.
Situación 3: si la empresa en la que realiza
la FCT no participa en el proyecto y no desea firmar un convenio de dual
Si el alumnado que cursa FP dual va a
realizar la FCT en una empresa que no forma parte del proyecto y que no está de
acuerdo en firmar un convenio de dual, se plantean dos soluciones:
- mantener al alumnado en dicha empresa,
realizando un acuerdo de FCT.
- cambiar al alumnado a otra empresa,
favorablemente a alguna del proyecto de FP dual.
Ante todo, rogamos sentido común para que
ninguno de estos trámites implique retrasar la normal incorporación del
alumnado a las prácticas de FCT según la temporalización prevista.
ERASMUS
Cuando la FCT se realice en el extranjero
mediante el progrma Erasmus, el periodo de realización es el marcado por este
programa.
LA MEMORIA FINAL
Al final de cada curso es
obligatorio cumplimentar una memoria del desarrollo de cada proyecto de FP
dual.
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